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Lotería de Boyacá

Desde la alcaldía de Tunja, explican por qué demandaron la reforma administrativa implementada por la pasada administración

En atención a la demanda instaurada por el municipio de Tunja el día viernes 17 de mayo de 2024 a través de la cual se solicita la nulidad del decreto 001 del 2 de enero de 2023 que establece la estructura de la administración Central del Municipio de Tunja y las funciones de sus dependencias; el decreto 187 del 29 marzo de 2023 en el que se establece la planta de personal del nivel profesional técnico y asistencial de la administración central y el decreto 189 de 30 de marzo de 2023 por el cual se expide el manual de funciones y de competencias laborales de los empleos creados, la alcaldía de Tunja realiza las siguientes precisiones:

  1. Sea lo primero indicar que la decisión de acudir a la jurisdicción a través del medio de control de nulidad de los actos administrativos ya relacionados, obedece al estudio jurídico realizado por la sectorial competente frente al cumplimiento de los presupuestos básicos que se debieron tener en cuenta por la anterior administración para efectuar una reforma administrativa a la planta de personal, la cual careció de un elemento sustancial que es el soporte presupuestal que ampare el marco fiscal a mediano plazo con el cual la administración asumiría la carga salarial y prestacional de los cargos creados, esto quiere decir, que se creó una nueva planta de personal sin contar con los recursos económicos para ello, lo que podría constituirse en un detrimento patrimonial.
  • La actual administración, en cabeza de Mikhail Krasnov, no puede ser copartícipe en el avance de una reestructuración administrativa que carezca del mínimo de requisitos legales, más aún cuando, además de la ausencia del requisito formal, la administración cuenta con un déficit presupuestal que le imposibilita asumir la enorme carga económica que conlleva mantener los cargos creados.
  • Las decisiones adoptadas buscan que se realice un control de legalidad de los actos administrativos atacados, por tanto, estamos atentos a las resultas del proceso y entre tanto no se verán afectados de ninguna manera los derechos de los trabajadores que actualmente hacen parte de la administración municipal.
  • En consonancia con lo anterior, como medida previa dentro del medio de control ya relacionado la administración municipal únicamente ha solicitado la suspensión del concurso de méritos que debe adelantarse por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, lo anterior en procura de que este proceso solo avance una vez se tenga certeza de la legalidad de los actos administrativos ya mencionados, y como se indicó en el numeral anterior, hasta tanto esta controversia no sea dirimida por la jurisdicción competente la administración no tomará medidas frente a los empleos que han sido provistos en el marco de la mentada reestructuración.
  • Finalmente, es preciso indicar a la ciudadanía que el objetivo de la administración municipal es ser garante del cumplimiento estricto de la ley en todas las actuaciones que se adelanten en el marco de su gestión, buscando siempre la defensa del patrimonio público y de los derechos de la ciudadanía en general.

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