Publicidad

Lotería de Boyacá

Uptc se pronuncia sobre denuncias referentes a las ganancias de los representantes estudiantiles

Frente a la información que está circulando en redes sociales y que se ha allegado a varios medios de comunicación, titulada “Se robaron cerca de 100 millones de pesos en 7 meses, los representantes estudiantiles ganan más que las señoras del aseo y docentes de planta con Doctorado”, directivas de la Universidad pedagógica y Tecnológica de Colombia, Uptc, informan lo siguiente: 

  1. La asignación de recursos para las representaciones estudiantiles estaba amparada en el Acuerdo 048 de 2008, que establece apoyos económicos y reconoce el pago de honorarios a las representaciones de los consejos Académico y Superior de la Uptc.
  1. Para la aprobación del apoyo económico, los representantes estudiantiles debían allegar la solicitud de participación en los eventos y la Vicerrectoría Administrativa y Financiera, previa autorización de Rectoría, verificaba la validez de los documentos, es decir la invitación que les dirigían y procedía a hacer la liquidación de los días.
  1. De acuerdo con la implementación del nuevo catálogo presupuestal y que la Administración siempre vigila que las normas estén actualizadas, la denominación de honorarios cambió por la de apoyo socioeconómico a los estudiantes universitarios y en específico a los representantes estudiantiles.
  1. Durante esta vigencia, la Administración identificó un incremento significativo en el número de solicitudes, debido a las discusiones que a nivel nacional se están suscitando por la reforma a la Ley 30, las cuales requieren de la participación del estamento estudiantil, a través de sus representaciones, y fueron apoyadas por la Universidad, teniendo en cuenta la importancia de apoyar al estamento estudiantil en la discusión de estos eventos del orden nacional.
  1. Sin embargo, este incremento en el número de participaciones de los representantes estudiantiles, llamó la atención de la Administración, que realizó un estudio por parte de la Vicerrectoría Administrativa y Financiera, el cual permitió identificar vacíos en el Acuerdo 048 del 2008 y formuló una nueva norma, Acuerdo 030 de 2024, que fue aprobada en sesión ordinaria del Honorable Consejo Superior de la Uptc, en el mes de mayo.
  1. Este nuevo Acuerdo limita, entre otros, la participación a estos eventos en los siguientes términos:
  • El monto máximo al cual los representantes tienen derecho por año es de 11.5 salarios mensuales.
  • El número de días de cada evento es de tres, máximo.
  • Solo se autorizarán dos eventos por mes a cada uno de los estudiantes, previa solicitud.
  1. Adicionalmente, el Acuerdo reglamenta los requisitos para legalizar la estadía de cada una de las representaciones durante la comisión, en la que cada uno de los estudiantes deberá presentar una copia de la invitación al evento, la cual será verificada por la Vicerrectoría Administrativa y Financiera y procederá a la liquidación del apoyo socioeconómico.
  1. Una vez el estudiante cumpla con la comisión, deberá presentar un informe de su participación a la Vicerrectoría Administrativa y Financiera, en la que se evidencie su asistencia y participación, la cual será verificada por la Vicerrectoría Administrativa y Financiera, para el pago del incentivo.
  1. En el Acuerdo quedó consignado que el representante estudiantil deberá socializar ante su estamento, los resultados de esta participación y de no hacerlo, el estudiante deberá retornar los dineros que se le asignaron como auxilio económico.
  1. Si algún documento de los allegados por el representante estudiantil se encuentra alterado o carece de validez, el estudiante deberá someterse a lo establecido en el reglamento estudiantil y, la universidad iniciará las acciones a las cuales tenga lugar.
  1. Esta administración es garante del cumplimiento de las normas y de la protección de los recursos públicos y actualiza sus acuerdos permanentemente, teniendo en cuenta los cambios normativos nacionales y las dinámicas del Sistema Universitario Estatal, para evitar estas denuncias que se hacen en diferentes medios.
  1. La Administración da la garantía que todas las acciones que implican recursos económicos destinados para el apoyo estudiantil, están cobijadas por normas debidamente establecidas por la universidad y en ningún momento se destinan auxilios que estén por fuera de la normatividad vigente y de la Ley.
  2. Frente al tema del Instituto Internacional de Idiomas, el caso se remitió a la Dirección de Control Interno, y posteriormente, al Tribunal Disciplinario de Asuntos Docentes, garantizando así el debido proceso y el respeto a los principios de justicia, además se designó a la profesora Patricia Kim Jiménez como directora encargada del Instituto.

Facetas de Boyacá

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Volver arriba
error: ¡Contenido protegido!